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Información del Centro Nacional de Comunicación Social AC

Gobierno de Jalisco violó normas ambientales en construcción de carretera en Santa Catarina Cuexcomatitlán, resuelve la Profepa

México D.F., 29 de febrero de 2008 (Cencos).- Por incurrir en irregularidades, la delegación Jalisco de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró 19 kilómetros de la obra carretera Bolaños-Huejuquilla, justo el tramo del paso por territorio de la comunidad indígena huichol de Tuapurie Santa Catarina Cuexcomatitlán, municipio de Mezquitic.

La clausura del tramo obedece a una denuncia de la sociedad civil interpuesta el pasado 12 de febrero por las autoridades tradicionales de las autoridades tradicionales de la Nueva Colonia Comunidad Indígena de Santa Catarina Cuexcomatitlán, quienes reclaman la violación de sus derechos humanos así como la degradación ambiental por la construcción irregular de la carretera que segmenta parte de su territorio enclavado en la Sierra Madre Occidental.

La Profepa decidió la clausura de la obra por la poda sin autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de la vegetación forestal del lugar y no presentó el estudio de daños y afectaciones que le había sido señalada como “medida de urgente aplicación” a la Secretaría de Desarrollo Urbano del Gobierno de Jalisco (Sedeur).

Según un censo de las autoridades ambientales, en total fueron removidos 876 árboles; 187 pinos, 105 robles y 147 encinos, y se impusieron medidas correctivas a la Sedeur para reforestar los terrenos afectados con el fin de evitar la degradación del suelo y minimizar los impactos a los corredores biológicos de la fauna silvestre de la zona.

Personal de Profepa, señala en comunicado, se trasladó al lugar el 14 de febrero para conocer mejor los términos de la denuncia presentada. Posteriormente, el 19 de febrero se llevó a cabo la visita de inspección al tramo del kilómetro 70+400 al 89+580, ubicado precisamente en la zona huichol de Santa Catarina Cuexcomatitlán.

La SEDEUR ha iniciado el retiro de la maquinaria utilizada en la construcción del tramo de terracería y en los próximos días procederá a reparar los daños ambientales ocasionados por el derribo del arbolado.

Esta resolución de la Profepa, en la que se reconoce una violación por parte del gobierno del estado es tan solo una del conjunto de faltas en las que ha incurrido, como lo han señalado las autoridades tradicionales de Santa Catarina Cuexcomatitlán con diversos escritos y acciones desde noviembre de 2007.

Cabe destacar que la suspensión y clausura de las obras del gobierno de Jalisco en el citado tramo carretero, “podrán ser levantadas cuando se presente la autorización que emita la Semarnat, así como el estudio de daños y afectaciones ambientales”, de acuerdo al boletín de la Profepa, lo que puede hacer que en cualquier momento se reanuden las obras.

La carretera afecta seriamente los derechos fundamentales de los huicholes, así como al equilibrio ecológico de su territorio, ya que pasa por encima de normas establecidas en tratados internacionales, en el derecho agrario, en el derecho ambiental y las normas elementales de convivencia.

Convenio de 169 de la Organización Internacional del Trabajo concerniente a los Pueblos Indígenas
Convención sobre la Diversidad Biológica
Convención del Patrimonio Intangible de la UNESCO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 14 y 16)
Código Penal Federal
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento en materia de riesgo e impacto ambiental
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Ley Agraria

La Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, de la que México fue el principal promotor y la que se emitió en nuestro país en julio de 2006 durante el mandato de Vicente Fox Quesada, establece en su artículo 8 punto 2 inciso b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos.

En tanto que el artículo 18 estipula que los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos y el artículo 19 establece claramente las obligaciones del gobierno: “los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas y administrativas que los afecten, para obtener su consentimiento libre, previo e informado”.

El artículo 26 establece claramente:

“1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.”

Es lamentable que el Estado mexicano promueva los derechos humanos en general y de los indígenas en particular al firmar, redactar y ratificar declaraciones, tratados y convenios internacionales en los que se establecen los lineamientos a seguir en la defensa de las garantías individuales, mismos que son afectados en nuestro país.

El caso de los huicholes de Tuapurie Santa Catarina Cuexcomatitlán es ejemplo de la lucha de la sociedad civil frente a abusos de las autoridades en supuestos proyectos de desarrollo, en los que no se consulta a la comunidad que se verá afectada como lo establecen las leyes y tratados nacionales e internacionales.

Centro Nacional de Comunicación A.C.