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Artículo del Centro Nacional de Comunicación Social AC

Invalida Corte concesiones de radio y televisión por subasta

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Invalida Corte concesiones de radio y televisión por subasta
María de la Luz González
El Universal
Ciudad de México
Martes 05 de junio de 2007

Declaran ministros por unanimidad la inconstitucionalidad del artículo 17-G de la Ley Federal de Radio y Televisión

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la subasta pública como mecanismo para la asignación de concesiones de radio y televisión abierta, así como el plazo fijo de 20 años para la vigencia de las mismas.

La inconstitucionalidad del artículo 17-G de la Ley Federal de Radio y Televisión se declaró por unanimidad de votos, aunque con argumentos diferentes, y los ministros Genaro Góngora y Sergio Valls anticiparon su intención de emitir un voto concurrente.

El dictamen elaborado por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, establece que la norma es violatoria de los artículos 1, 6, 27 y 28, relativos a la igualdad, la libre concurrencia y la prohibición de formar monopolios.

El ministro Genaro Góngora argumentó que el mecanismo de subasta es violatorio, primordialmente, de los artículos 6 y 7 constitucionales, que garantizan la libertad de expresión, el derecho a la información, y el acceso equitativo a los medios de comunicación.

El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, por su parte, consideró que el artículo impugnado atenta contra el principio de seguridad jurídica, garantizado en el artículo 16 constitucional. Los ministros también declararon inconstitucional, por 8 votos contra 1, la fracción del artículo 16 de la Ley Federal de Radio y Televisión que establece un plazo fijo de 20 años para la vigencia de las concesiones de radiodifusión.