Organizaciones estarán al tanto de la resolución del Máximo Órgano de Justicia
• Saludan proyecto de sentencia
• La SCJN podría continuar con el uso de su facultad de suplencia de la queja para introducir otros elementos de inconstitucionalidad tales como la desigualdad en el trato que merecen los medios permisionados, dentro de los cuales se encuentran los comunitarios, frente a los concesionarios
México D.F., a 16 de mayo de 2007.- Organizaciones internacionales que defienden el derecho a la comunicación y nacionales de derechos humanos piden a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se apegue a los estándares más altos en materia de libertad de expresión y derecho a la comunicación en la resolución que deberá emitir sobre la Acción de Inconstitucionalidad que impugna el Decreto por el cual se modificaron la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Telecomunicaciones.
La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-México), Artículo XIX y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), así como el académico del ITAM, José Roldán Xopa, establecieron que el proyecto de sentencia elaborado por el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano constituye un avance sustancial en el proceso de impugnación dado que reconoce la validez de la mayor parte de los preceptos impugnados por los Senadores que interpusieron la Acción de Inconstitucionalidad.
De votar favorablemente el proyecto de sentencia dado a conocer públicamente, la SCJN establecería criterios sin precedentes de fundamental importancia para el avance democrático en el país tales como la necesidad de ponderar la función social de los medios de comunicación y privilegiar la pluralidad en la asignación de frecuencias radioeléctricas, y no establecer el elemento económico como el preponderante para este fin. Ello redundará en el fortalecimiento del Estado como garante del derecho a la libertad de expresión e información.
Igualmente, el reconocimiento de un trato diferenciado sin justificación para los concesionarios que ya cuentan con la licencia para operar una frecuencia de cara al proceso de convergencia digital, así como la referencia a que el Congreso fue omiso en establecer condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan acceder a operar frecuencias de radio y televisión, resultan elementos fundamentales que, de ser aprobado del proyecto de sentencia, contribuirán decididamente en la democratización de los medios de comunicación electrónicos en México.
En el mismo sentido, las organizaciones establecieron que el proceso para allegarse de información técnica y de transparencia que ha emprendido la SCJN para la resolución de dicha Acción de Inconstitucionalidad resulta auspicioso dada la importancia del tema a tratar.
Las organizaciones puntualizaron que para dar mayores garantías de pluralidad informativa, la SCJN podría continuar con el uso de su facultad de suplencia de la queja para introducir otros elementos de inconstitucionalidad que contienen las reformas en comento tales como la desigualdad en el trato que merecen los medios permisionados, dentro de los cuales se encuentran los comunitarios, frente a los concesionarios.
Recordaron que organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACNUDH) encontraron que dichas modificaciones legales “al no tener en cuenta la normativa internacional en la materia, limita y restringe el derecho a la libertad de expresión y opinión”. Por ello, el fallo de la SCJN resulta hoy de vital trascendencia para el país, por lo que las organizaciones establecieron que estarán al tanto de la decisión final del Máximo Órgano de Justicia en el país.
Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC-México)
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