La RROCM exige evitar la persecución de migrantes
Difusión Cencos México D.F., 20 de noviembre de 2008
Boletín de prensa.
Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones (RROCM) y Sin Froteras IAP
Ineludible entender causas profundas de la migración y evitar la persecución de migrantes
La Conferencia Regional sobre Migración (CRM) llevada a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, del 18 al 21 de noviembre, por parte de la Red Regional de Organizaciones Civiles para las Migraciones (RROCM) integrada por foros, redes e instituciones de once países de Centroamérica, México, Estados Unidos y Canadá, exige a los gobiernos de la región abordar el fenómeno migratorio desde una perspectiva de desarrollo y derechos humanos.
Una de las principales demandas de las organizaciones civiles miembros de la RROCM que trabajan en la temática de la migración, como Sin Fronteras IAP, es entender sus causas profundas y evitar, la persecución de los migrantes, la detención arbitraria, su confinamiento en centros de resguardo o aseguramiento, así como reivindicar su derecho al acceso al sistema de procuración de justicia, en caso de abusos de parte de las autoridades locales, o como víctimas de delitos.
En un balance rápido del evento, merece destacar que la migración es una práctica ancestral, que ha favorecido la riqueza cultural de nuestras actuales naciones, razón por la cual es consagrado como un derecho fundamental, la RROCM y Sin Fronteras IAP invita a los Estados que integran la CRM a revalorar sus políticas migratorias, de un modo concordante con la instrumentación internacional.
La RROCM y Sin Fronteras IAP, consideran que los procedimientos que se siguen en la generalidad de los países de la región son violatorios de los derechos humanos. El derecho a la movilidad humana no forma parte de los posicionamientos formales de los gobiernos regionales. Por ello, es imprescindible concluir la perspectiva de derechos humanos, y alejarse de las actuales condiciones de persecución, por ser incompatibles con ellas y por representar un sufrimiento característico de una emergencia humanitaria.
Para finalizar exigimos a las autoridades prestar atención a los casos de secuestros y extorsión provocados por el crimen organizado. Es por demás alarmante la información de organizaciones y testimonios de víctimas que han identificado la inserción del crimen organizado en las dinámicas de las rutas migratorias con la aquiescencia de autoridades estatales y municipales. La RRCOM y Sin Fronteras IAP pugnan por una vigencia plena de los derechos de los migrantes y también saluda la buena voluntad de los estados miembros de la CRM, para abrir espacios de diálogo como el de Tegucigalpa.
De tal forma la RROCM y Sin Fronteras IAP exhorta a los gobiernos de la región para:
• En primer lugar, sean revisadas aquellas políticas en las que persisten vicios violatorios de los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y sus familiares y se propicien las modificaciones respectivas. Segundo que sean aprobados proyectos de ley en países que están promoviendo cambios en beneficio de las personas migrantes. Tercero sean ratificados instrumentos jurídicos internacionales relativos a la protección de personas migrantes, entre los que destaca la Convención del 90 sobre los trabajadores migratorios y sus familias en algunos países de la región.
•Brindar una adecuada protección a las víctimas de la trata de personas, ya que, constituye un reto para la sociedad y en particular para los estados; los tratantes aún operan en la impunidad y la intervención de quienes investigan la persecución de este delito muestran desconocimiento de la complejidad del fenómeno. La investigación de este delito debe ser fruto de la investigación criminalística, y no de las aportaciones de las víctimas, además de que se deben procurar medidas migratorias humanitarias y reinserción social para el caso de las víctimas.
•Respetar la movilidad humana, un derecho consagrado en distintos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos (artículos 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 de la Convención de 1990 y 12.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). El artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, obliga a los gobiernos nacionales a cumplirlos de buena fe y sin restricciones, emanadas por las leyes locales.
20 de noviembre de 2008
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos




